National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de las informaciones proporcionadas en la memoria del Gobierno, en particular de la adopción de las resoluciones ADM núms. 197‑2005, de 17 de junio de 2005, y 058-2006, de 10 de abril de 2006, que establece la lista 114 de médicos autorizados para extender un certificado médico a los pescadores. La Comisión desea, no obstante, recibir informaciones más amplias en relación con los puntos siguientes.
Artículo 4 del Convenio. Validez de los certificados médicos. La Comisión toma nota de que en virtud del artículo 4 del decreto núm. 24, de 30 de noviembre de 1981, la validez del certificado médico no será superior a seis meses en el caso de los pescadores menores de 21 años, y de un año para los pescadores mayores de esa edad. Sin embargo, la Comisión toma nota de la mención que figura en el modelo de formulario utilizado por la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), según la cual el certificado tiene una validez de dos años. La Comisión solicita al Gobierno se sirva aclarar si el decreto antes mencionado sigue en vigor, especialmente tras la adopción del decreto-ley núm. 8, de 26 de febrero de 1998, por el que se reglamenta el trabajo en el mar y en otras vías navegables, y precisar la duración de la validez de los certificados médicos extendidos a los pescadores.
Parte V del formulario de memoria. La Comisión toma nota de las informaciones concernientes a la organización del servicio encargado de la Inspección del Trabajo Marítimo, y de los datos estadísticos relativos al número de infracciones observadas entre 2001 y 2006. La Comisión también toma nota de que, durante el mismo período, se extendieron 562 nuevas licencias de pesca. La Comisión solicita al Gobierno que siga facilitando informaciones generales indicando, por ejemplo, el número de trabajadores protegidos por las medidas que dan efecto al Convenio, extractos de los informes de los servicios de inspección, etc.