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Direct Request (CEACR) - adopted 2025, published 114th ILC session (2026)

Marking of Weight (Packages Transported by Vessels) Convention, 1929 (No. 27) - Honduras (Ratification: 1980)

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Observation
  1. 2008

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La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP) en una comunicación con fecha de 29 de agosto de 2025.
Anteriormente, la Comisión tomó nota de la intención del Gobierno de celebrar reuniones periódicas con el fin de examinar de forma tripartita los requisitos del Convenio en el contexto de la evolución de los métodos de transporte de cargas, y le pidió que proporcionara información actualizada sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales al respecto. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que se ha mantenido una coordinación y diálogo con actores clave, incluido el COHEP, con el fin de adaptar los procedimientos nacionales de verificación del peso de la carga a las normas internacionales. Si bien dichos intercambios se encuentran en una fase de desarrollo, tienen como objetivo garantizar la adecuación de los procedimientos nacionales a las normas internacionales y facilitar el cumplimiento por parte del sector privado mediante un proceso de diálogo social y coordinación técnica. Sin embargo, la Comisión también toma nota de que, según el COHEP, recientemente no se han celebrado consultas y el asunto no se ha debatido en el Consejo Económico y Social (CES), órgano responsable del diálogo tripartito. Observando la discrepancia entre la memoria del Gobierno y el posicionamiento del COHEP,la Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada sobre el desarrollo de las consultas con los interlocutores sociales, incluido el COHEP, en relación con la aplicación del Convenio en lo que respecta a los métodos modernos de transporte de cargas. En particular, la Comisión pide al Gobierno que indique los mecanismos a través de los cuales se lleva a cabo dicho diálogo, si se han empleado los mecanismos de consulta tripartitos establecidos, como el CES, y si hay resultados o medidas adoptadas en consecuencia que pudieran afectar a la aplicación del Convenio.
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