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Observation (CEACR) - adopted 2025, published 114th ILC session (2026)

Maritime Labour Convention, 2006 (MLC, 2006) - Nigeria (Ratification: 2013)

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Artículo I del Convenio. Cuestiones generales sobre la aplicación. Medidas de aplicación. La Comisión toma nota de que, en respuesta a su comentario anterior relativo a la aplicación del Convenio, el Gobierno se refiere principalmente al Convenio Colectivo del Consejo Nacional Industrial Conjunto (NJIC) sobre las Condiciones de servicio de la gente de mar nigeriana en los sectores costeros, de 2023, así como al proceso en curso para enmendar la Ley de la Marina Mercante, 2007, y promulgar el Reglamento de la Marina Mercante (Convenio sobre el Trabajo Marítimo). La Comisión observa que, si bien el Convenio fue ratificado en 2013, la legislación marítima actual no da pleno cumplimiento a algunos de sus principales requisitos. Por consiguiente, la Comisión pide al Gobierno que adopte sin demora las medidas necesarias para dar pleno cumplimiento al Convenio, teniendo en cuenta las cuestiones planteadas en la solicitud dirigida directamente al Gobierno, y que transmita una copia de la legislación enmendada, una vez adoptada.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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